Artículo de opinión de los abogados Patrícia Cabrero y Manuel Calavia del Departamento Derecho Mercantil ETL GLOBAL ADD
El pasado día 6 de octubre de 2020 el Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Barcelona dictó un Auto por el que se acuerda la conclusión del concurso de una persona física, reconociendo al deudor el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho con carácter definitivo e incluyendo TODO el pasivo no satisfecho por el deudor concursado.