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Circular diaria 22.09.2021_ETL_ADDIENS

En el Mini Boletín de hoy:

Boletines Oficiales

BOPV de 22/09/2021 Núm 190: PAÍS VASACO. TiketBAI. DECRETO FORAL-NORMA 5/2021, de 7 de septiembre, por el que se establece un anticipo líquido de las deducciones para el fomento del cumplimiento voluntario de la obligación TicketBAI.

DOGV de 22/09/2021 Núm. 9179: VALENCIA. ITPyAJD. ORDEN 10/2021, de 8 de septiembre, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se establecen obligaciones formales de suministro de información en relación con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados por parte de las personas físicas y jurídicas que organicen subastas de bienes muebles. [2021/9120]

Consultas de la DGT: IIVTNU. Liquidación de la plusvalía municipal derivada de la donación de un inmueble: caso en el que el donante había adquirido por partes el inmueble.

Resolución del TEAC de interés: SANCIONES TRIBUTARIAS. NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. Sanción por infracción art 203 LGT. Concurrencia del elemento subjetivo de la infracción tributaria en el caso de que se haya entendido rechazada la notificación de un requerimiento de información como consecuencia de no accederse a su contenido en los términos previstos en la normativa reguladora de las notificaciones por medios electrónicos.

El TS deberá pronunciarse sobre: LGT. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Determinar si el plazo de tres meses previsto en el artículo 209.2 LGT para el inicio de un procedimiento sancionador, derivado de la comisión de una infracción tributaria, resulta de aplicación, únicamente, a los supuestos de incoación de procedimientos sancionadores que traigan causa de un procedimiento previo, iniciado mediante declaración o de un procedimiento de verificación de datos, comprobación o inspección; o, por el contrario, resulta también de aplicación en caso de incumplimiento de un deber formal de presentación en plazo de una declaración tributaria.

El TS deberá pronunciarse sobre: LGT. ENTRADA EN DOMICILIO. La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en: «Especificar si la entrada en domicilio puede justificarse, en el auto judicial que lo autoriza, preponderantemente, en que el contribuyente, titular de un establecimiento de hostelería, haya tributado, con base en los datos declarados, una cuota que resulta inferior a la media de rentabilidad del sector a nivel nacional y si, por tanto, puede inferirse de ese dato que el obligado tributario puede haber estado ocultando ventas efectivamente realizadas».