Circular diaria 08.04.2026

Abr 9, 2026

Circular diaria 08.04.2026

 

INDICE
Boletines oficiales

 

CASTILLA Y LA MANCHA   DOCM  n.65   08.04.2026

ITPyAJD

Orden 42/2026, de 27 de marzo, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, por la que se aprueba el modelo 600 CT de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para determinadas operaciones societarias y se establece el procedimiento para su presentación y pago. [NID 2026/2480]
ISD

Orden 43/2026, de 27 de marzo, de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital, por la que se establece la obligatoriedad de presentación en el Registro Electrónico Tributario de los modelos de autoliquidación 650, 651 y 655 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. [NID 2026/2481]

 

[Pág. 03]

 

COMUNITAT VALENCIANA   DOCV  n.10337   08.04.2026

IRPF

RESOLUCIÓN 364/XI, del Pleno de Les Corts Valencianes, adoptada en la reunión del día 26 de marzo de 2026, de convalidación del Decreto-ley 1/2026, de 27 de febrero, del Consell, de modificación de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y restantes tributos cedidos, en materia de deducciones autonómicas por gastos sanitarios y para la práctica de actividades deportivas y saludables (RE número 67.065)

 

[Pág. 04]

 

BIKAIA   BOB  n.64   08.04.2026

DIVERSOS MODELOS

ORDEN FORAL 162/2026, de 25 de marzo, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el modelo 036 de declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de empresarios, empresarias, profesionales, retenedores.
ORDEN FORAL 163/2026, de 25 de marzo, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el modelo 170 «Declaración informativa mensual de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de cualquier tipo de tarjetas y mediante pagos asociados a números de teléfono móvil».
ORDEN FORAL 161/2026, de 25 de marzo, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el modelo 196 de «Declaración informativa mensual de cuentas en toda clase de instituciones financieras y resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas obtenidas por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras».
ORDEN FORAL 164/2026, de 26 de marzo, de la diputada foral de Hacienda y Finanzas, por la que se aprueba el modelo 240 «Comunicación de la entidad constitutiva declarante de la declaración informativa del Impuesto Complementario», el modelo 241 «Declaración informativa del Impuesto Complementario», y el modelo 242 «Impuesto Complementario. Autoliquidación» y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.

 

[Pág. 06]

 

Consulta DGT

 

HERENCIA YACENTE

ISD. DISPOSICIONES DE NUMERARIO. Las disposiciones provisionales de dinero en herencias yacentes no generan excesos de adjudicación ni donaciones si se ajustan al título sucesorio.
La DGT confirma que los movimientos de numerario entre coherederos antes de la partición tienen carácter provisional y carecen de efectos tributarios autónomos.

 

[Pág. 08]

 

INMUEBLE EN RUINA

IVA. SUJECIÓN A IVA. La venta del último inmueble en ruina por una comunidad de bienes sigue tributando en IVA mientras no culmine la liquidación de su patrimonio empresarial.
La DGT concluye que la baja censal no basta para perder la condición de sujeto pasivo: la transmisión estará sujeta a IVA y será no exenta si el comprador va a demoler o rehabilitar para una nueva promoción; en otro caso, será una segunda entrega exenta, con posible renuncia e inversión del sujeto pasivo.

 

[Pág. 10]

 

Sentencia 

 

PENSIONES DERIVADAS DEL RECONOCIMIENTO DE LA IP

IRPF. IMPUTACIÓN TEMPORAL. El Tribunal Supremo fija que las pensiones por incapacidad reconocidas judicialmente deben imputarse en IRPF al año de firmeza de la sentencia, no a los ejercicios a los que se retrotraen los efectos.
Cuando una pensión de incapacidad depende de un reconocimiento judicial, su imputación en IRPF no sigue la retroactividad de los efectos económicos, sino el momento en que el derecho se hace exigible: la firmeza de la sentencia.

 

[Pág. 12]

 

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