Circular diaria 05.10.2026

Oct 6, 2026

Circular diaria 05.10.2026

 

INDICE

 

Boletines oficiales

 

ESTATAL   BOE n.246  03.10.2026

PERSONAS CON DISCAPACIDAD. IRPF. Ley 4/2026, de 1 de octubre, por la que se modifican el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, para la extensión y refuerzo de los derechos de las personas con discapacidad a la inclusión, la autonomía y la accesibilidad universal conforme al artículo 49 de la Constitución Española.
Comparativo

 

[Pág. 02]

 

ESTATAL   BOE n.246  03.10.2026

FACTURACIÓN ELECTRÓNICA. ORDEN. Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, por la que se regula la solución pública de facturación electrónica, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición final tercera del Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, por el que se desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales y por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.

 

[Pág. 03]

 

 

Preguntas del INFORMA

 

PREGUNTAS 

IRPF. Novedades publicadas en el INFORMA durante el mes de SEPTIEMBRE.

 

[Pág. 04]

 

PREGUNTAS 

IS. Novedades publicadas en el INFORMA durante el mes de SEPTIEMBRE.

 

[Pág. 05]

 

 

Consulta DGT 

 

SUBVENCIONES RECIBIDAS NO VINCULADAS AL PRECIO

IVA. SUBVENCIONES.  Las ayudas globales destinadas a financiar los costes de un CEID no están sujetas a IVA si no retribuyen servicios ni están vinculadas al precio.
La DGT aplica el nuevo criterio del TEAC, sustentado en la jurisprudencia del TJUE y del Tribunal Supremo, sobre los requisitos para considerar una subvención directamente vinculada al precio, rectificando expresamente el criterio mantenido en anteriores consultas.

 

[Pág. 07]

 

 

Resolución del TEAC

 

IMPROCEDENCIA DE LA PREVIA DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD SUBSIDIARIA,

LGT. RESPONSABILIDAD TRIBUTARIA “EN CADENA”. El responsable solidario puede cuestionar la previa derivación subsidiaria en los supuestos de responsabilidad tributaria «en cadena»
La inexistencia de la declaración de fallido del deudor principal determina la nulidad de la responsabilidad subsidiaria y, al constituir esta el presupuesto de la posterior responsabilidad solidaria, obliga también a anular esta última.

 

[Pág. 09]

 

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