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Circular diaria_19_03_2019_ETL_ADDIENS

Actualidad: Sentencia del TS: La utilización de los documentos obtenidos en las actuaciones de comprobación censal que hayan caducado por el transcurso del plazo máximo de 6 meses tan solo conservarán su validez y eficacia en otros procedimientos iniciados o que puedan iniciarse cuando previamente se haya declarado por la Administración la caducidad de aquel procedimiento de comprobación censal y el archivo de las actuaciones.