Circular diaria 12.03.2024

Mar 12, 2024

Novedades diarias en legislación, jurisprudencia y doctrina: …, puede descargar nuestra

Circular diaria 12.03.2024_ETL_ADDIENS

En el Mini Boletín Fiscal de 12 de marzo de 2024:

Boletines Oficiales

Navarra
IMPUESTOS ESPECIALES. MANTENIMIENTO DE LA VALIDEZ DE DETERMINADAS PRECINTAS.
ORDEN FORAL 28/2024, de 29 de febrero, del consejero de Economía y Hacienda por la que se modifica la Orden Foral 13/2020, de 4 de febrero, de la consejera de Economía y Hacienda, por la que se aprueban las normas de desarrollo de lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento de los Impuestos Especiales, aprobado por Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, sobre marcas fiscales para bebidas derivadas.

Norma en tramitación

IVA. MODELOS 360 y 361. AUDIENCIA PÚBLICA

Se publica en la web de la AEAT para su audiencia e información pública el Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo, por la que se aprueban el formulario 360 de solicitud de devolución del IVA soportado por empresarios o profesionales establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, el contenido de la solicitud de devolución a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, pero establecidos en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, y el modelo 361 de solicitud de devolución del IVA a determinados empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, ni en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, y se establecen, asimismo, las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática.

Consulta de la DGT

IRPF. ARRAS PENITENCIALES

Las arras penitenciales cobradas como parte de una venta de un inmueble que se realizará en el ejercicio siguiente se imputarán en el ejercicio de la venta del mismo.

Sentencia del TS
IS. RETRIBUCIÓN DE ADMINISTRADORES.
El TS determina que sí resultan deducibles en el IS las retribuciones satisfechas a los administradores, cuando, en un supuesto como el enjuiciado, tales retribuciones han sido aprobadas por la junta general, por estar previsto en sus estatutos sociales, no siendo óbice para ello que el acuerdo correspondiente no haya sido formalmente inscrito en el Registro Mercantil, puesto que la voluntad de la junta general se deduce de otros documentos obrantes en el expediente.