Circular diaria 22.06.2026

Jun 22, 2026

Circular diaria 22.06.2026

 

INDICE
Boletines Oficiales

 

ESTADO   BOE n.151   22.06.2026

ACONTECIMIENTOS DE EXCEPCIONAL INTERÉS PÚBLICO. Resolución de 18 de junio de 2026, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 12/2026, de 26 de mayo, por el que se declaran diversas iniciativas y programas como acontecimientos de excepcional interés público.

 

[Pág. 03]

 

NAVARRA   BON   22.06.2026

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD. ORDEN FORAL 46/2026, de 5 de junio, del consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifica la Orden Foral 41/2015, de 16 de febrero, de la consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueba el modelo 560 «impuesto especial sobre la electricidad. Autoliquidación» y se establece la forma y procedimiento para su presentación.

 

[Pág. 04]

 

Consulta de la DGT

 

GASTOS DE LA PERMUTA

IRPF. RECUPERACIÓN DE UN INMUEBLE TRAS LA RESOLUCIÓN DE UN CONTRATO. La resolución de una permuta urbanística permite incorporar determinados gastos al valor de adquisición del inmueble recuperado en una posterior venta
La DGT admite sumar al valor de adquisición los gastos necesarios para ejercitar la condición resolutoria y recuperar la titularidad del terreno, pero excluye el IVA satisfecho en la permuta posteriormente resuelta.

 

[Pág. 05]

 

Sentencia

 

LIBRE CIRCULACIÓN DE CAPITALES

IRNR. FONDOS DE INVERSIÓN.  El Tribunal Supremo declara que España vulnera la libre circulación de capitales al discriminar fiscalmente a fondos de inversión no residentes comparables a los residentes. Reitera doctrina.
La Sala reconoce el derecho a la devolución de las retenciones del IRNR soportadas por un fondo andorrano y ratifica que no puede otorgarse un tratamiento fiscal más gravoso a fondos no residentes cuando se encuentran en una situación objetivamente comparable a la de los fondos españoles.

 

[Pág. 07]

 

INSCRIPCIÓN EN REGISTRO BIENES MUEBLES

AJD. TRANSMISIÓN EXPENDEDURÍA DE TABACO.  El TSJ de Madrid declara que la transmisión de una expendeduría de tabaco tributa por AJD al poder acceder al Registro de Bienes Muebles, aplicando la doctrina del Tribunal Supremo sobre transmisiones de establecimientos mercantiles.
El TSJ de Madrid revoca el criterio del TEAR y confirma que la transmisión de una expendeduría de tabaco tributa por la modalidad de AJD al considerar que la operación puede acceder al Registro de Bienes Muebles, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo sobre transmisiones de establecimientos mercantiles.

 

[Pág. 10]

 

CONFLICTO DE DOMICILIO FISCAL BAJO EL CONVENIO ECONÓMICO CON NAVARRA

IS. DOMICILIO FISCAL.  El Supremo confirma que el domicilio fiscal de una sociedad no se determina por su sede formal, sino por una valoración conjunta de la contratación, la contabilidad, los administradores, la gestión efectiva y, en último término, la ubicación de su inmovilizado.
La existencia de domicilio social en Navarra no basta para fijar el domicilio fiscal cuando la contratación, la dirección efectiva, la contabilidad, los administradores y el principal inmovilizado evidencian que la gestión real de la sociedad se desarrolla en territorio común.

 

[Pág. 13]

 

 

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible.

La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Tienes toda la información en nuestra página de Política de Cookies