Circular diaria 26.03.2026

Mar 26, 2026

Circular diaria 26.03.2026

 

INDICE
Boletines oficiales

 

CATALUNYA   DOGC n.9632   25.03.2026

MESURES URGENTS 

Decret llei 3/2026, de 24 de març, de mesures urgents en matèria fiscal, de simplificació i agilització en la gestió, en l’àmbit de l’urbanisme i l’habitatge, en l’àmbit de personal i altres mesures urgents en pròrroga pressupostària.

COMPARATIVO

 

[Pág. 03]

 

Norma en tramitación

 

IMPUESTO TEMPORAL DE SOLIDARIDAD DE LAS GRANDES FORTUNAS

ITSGF. Se somete a audiencia e información pública el Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden HFP/587/2023, de 9 de junio, por la que se aprueba el modelo 718 «Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas», se determina el lugar, forma y plazos de su presentación, las condiciones y el procedimiento para su presentación.

 

[Pág. 05]

 

Consulta de la DGT

 

DANA

ISD. IMPORTE OBTENIDO COMO CONSECUENCIA DE LA DANA. La indemnización percibida antes del fallecimiento por daños en inmuebles consecuencia de la DANA integra la base imponible del ISD.
La indemnización percibida por daños en inmuebles antes del fallecimiento constituye un derecho de crédito integrado en la herencia y sujeto a tributación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

 

[Pág. 06]

 

CONTRATISTA QUE SE NIEGA A EMITIR FACTURA

FACTURAS. La DGT confirma que el contratista debe emitir factura por pagos anticipados y que el destinatario puede reclamar incluso su emisión forzosa ante el TEA.
El incumplimiento de la obligación de facturar en obras de reforma permite al cliente acudir al TEA e incluso emitir la factura en sustitución del contratista incumplidor.

 

[Pág. 08]

 

Sentencia

 

COMPROBACIÓN DE VALORES

ITP. VALOR HIPOTECARIO. El Tribunal Supremo vuelve a pronunciarse (la séptima sentencia del TS en este sentido en los últimos 2 meses) sobre que la comprobación de valores basada en la tasación hipotecaria es válida sin motivación adicional.
La exigencia a la Administración tributaria de justificar la apertura de la comprobación puede entenderse suficientemente cumplida cuando de la comparación entre el valor declarado por el sujeto pasivo y el valor asignado para la tasación de las fincas hipotecadas resulte una diferencia relevante de valor, máxime cuando ambos datos son conocidos por el interesado al mismo tiempo -en la escritura de adquisición y en la consecutiva de préstamo hipotecario, donde figura esa tasación- y no ha reaccionado frente a este último valor.

 

[Pág. 10]

 

Leído en los medios

 

IVA FRANQUICIADO. El Gobierno asume el IVA franquiciado para autónomos y asegura el apoyo de Junts al decreto anticrisis.
La exención del IVA para ingresos inferiores a 85.000 euros se convierte en la pieza clave para la convalidación parlamentaria del paquete económico.

 

[Pág. 12]

 

 

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