Circular diaria 27.05.2026

May 27, 2026

Circular diaria 27.05.2026

 

INDICE
Boletines Oficiales

 

ESTADO   BOE n.129  27.05.2026

IS/ IRNR/  IRPF ACONTECIMIENTOS DE EXCEPCIONAL INTERÉS PÚBLICO. Real Decreto-ley 12/2026, de 26 de mayo, por el que se declaran diversas iniciativas y programas como acontecimientos de excepcional interés público.

 

[Pág. 02]

 

Consulta de la DGT

 

DERECHO CIVIL DE CATALUNYA

IRPF. DONACIÓN MORTIS CASUSA DE PRESENTE EN CATALUNYA. La donación mortis causa con efectos de presente del Derecho Civil de Cataluña queda amparada por la exclusión de ganancia patrimonial del artículo 33.3.b) LIRPF.
La DGT nos recuerda que la transmisión anticipada de inmuebles mediante donación mortis causa catalana queda amparada por la excepción del artículo 33.3.b) LIRPF, es decir no tributa en IRPF.

 

[Pág. 04]

 

Resoluciones del TEAC

 

DETERMINACIÓN DEL VALOR DE LOS BIENES GRAVADOS CON CARGAS HIPOTECARIAS

LGT. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. Responsabilidad solidaria por ocultación patrimonial: el TEAC confirma que las cargas hipotecarias no reducen el alcance de la responsabilidad si el adquirente no asume la deuda.
El TEAC confirma que las hipotecas no reducen el alcance de la responsabilidad solidaria del artículo 42.2 LGT si el adquirente no asume la deuda garantizada.

 

[Pág. 07]

 

DIES A QUO DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN DEL DERECHO A DERIVAR UNA SANCIÓN

LGT. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. El TEAC confirma que la suspensión automática de una sanción recurrida no retrasa el inicio del plazo de prescripción para derivar responsabilidad solidaria del artículo 42.2.a) LGT.
Es posible derivar al declarado responsable solidario una sanción que no ha adquirido firmeza en vía administrativa por haber sido impugnada y automáticamente suspendida.

 

[Pág. 10]

 

Sentencia

 

EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS

ISD. REDUCCIÓN EMPRESA FAMILIAR. PRINCIPAL FUENTE DE RENTA. El TSJ de Andalucía flexibiliza el requisito de la principal fuente de renta en explotaciones agrarias, pero exige acreditar su habitualidad en ejercicios anteriores
La Sala admite, conforme a la doctrina del Tribunal Supremo, que en explotaciones agrícolas los rendimientos relevantes para aplicar la reducción por empresa familiar en el ISD puedan analizarse en el ejercicio anterior al fallecimiento —al generarse los frutos en el segundo semestre—, aunque rechaza el beneficio fiscal al no probarse que dicha actividad constituyera la fuente principal de ingresos de forma habitual en varios ejercicios previos.

 

[Pág. 13]

 

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