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Circular diaria 4.10.2021_ETL_ADDIENS

En el Mini Boletín de hoy:

 

Boletines Oficiales

DOGC núm 8515 04.10.2021: CATALUNYA. SUBVENCIONS. RESOLUCIÓ EMT/2947/2021, de 23 de setembre, per la qual s’aproven les bases reguladores per a la concessió de subvencions per actuacions d’internacionalització digital.

BOG Nº 190 DE 01.10.2021: GIPUZCOA. MODIFICACIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LA AUTOLIQUIDACIÓN Y DEFINICIÓN DE EMPRESA DE NUEVA CREACIÓN. Decreto Foral 11/2021, de 29 de septiembre, por el que se modifican los reglamentos del ITPyAJD, del impuesto sobre sucesiones y donaciones, y del impuesto sobre sociedades.

BOB Nº 101 DE 04.10.2021: BIZKAIA. LIBROS REGISTRO A TRAVÉS DE LA SEDE ELECTRÓNICA.

ORDEN FORAL 1578/2021, de 24 de septiembre, del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza del libro registro de operaciones económicas de las personas físicas a través de la sede electrónica de la Diputación Foral.

ORDEN FORAL 1582/2021, de 24 de septiembre, del diputado foral de Hacienda y Finanzas, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza del libro registro de operaciones económicas de los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades a través de la sede electrónica de la Diputación Foral, con excepción del capítulo de movimientos contables. [PÁG. 6]

Consulta de la DGT: AJD. NOVACIÓN PRÉSTAMOS HIPOTECARIO. En las novaciones de préstamos hipotecarios no concedidos por entidades de crédito, pero sí por otros sujetos pasivos de IVA, consistentes en ampliación de plazo, éstas no quedan exentas de AJD por la Ley 2/1994, pero la base imponible no es la total responsabilidad hipotecaria, sino que está constituida por los intereses añadidos y los costes adicionales que conlleva la ampliación del plazo. [PÁG. 7]

Consulta de la DGT: ISD/IRPF. La percepción de una renta vitalicia por el cónyuge viudo (beneficiario de la renta vitalicia) como consecuencia de fallecimiento de su esposo derivada de un seguro de grupo contratado por la empresa que instrumenta los compromisos por pensiones asumidos con sus empleados, queda sujeta al ISD acumulable a la sucesión y no al IRPF. [PÁG. 8]

Sentencia de la AN de interés: LGT. PROCEDIMIENTO DE COMPROBACIÓN LIMITADA. Aplicación del efecto preclusivo derivado del art. 140 de la LGT. no puede la Administración, – si ha mediado resolución expresa aprobatoria de una liquidación provisional o, en su caso, la manifestación de que no procede realizar regularización alguna como consecuencia de la comprobación-, efectuar una nueva regularización en relación con igual obligación tributaria. [PÁG. 9]