Circular diaria 09.10.2026

Oct 9, 2026

Circular diaria 09.10.2026

 

INDICE

 

Boletines oficiales

 

ESTATAL   BOE n.251  09.10.2026

DOCUMENTO NORMALIZADO DE REPRESENTACIÓN PARA ACTUAR ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CATASTRO EN LOS PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS

Resolución de 5 de octubre de 2026, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba el documento normalizado de representación para actuar ante la Dirección General del Catastro en los procedimientos tributarios

 

[Pág. 02]

 

BIZKAIA   BOB n.194  09.10.2026

TRANSPOSICIÓN DAC8. COOPERACIÓN ADMINISTRATIVA EN EL ÁMBITO DE LA FISCALIDAD
DECRETO FORAL 84/2026, de 1 de octubre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se desarrollan las normas de diligencia debida y las obligaciones de información de determinados proveedores de servicios de criptoactivos, y se modifican el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia, y otros reglamentos del Territorio Histórico de Bizkaia.

 

[Pág. 03]

 

 

Resolución del TEAC

 

INFORMACIÓN CON TRASCENDENCIA TRIBUTARIA

LGT. LIBRO REGISTRO DE SOCIOS. El TEAC confirma que Hacienda puede exigir la identificación de los socios mayoritarios de una sociedad sin necesidad de justificar una actuación inspectora concreta
La información contenida en el Libro Registro de Socios tiene trascendencia tributaria por sí misma, siendo suficiente su utilidad potencial o indirecta para la aplicación de los tributos. Cuando esa trascendencia resulta evidente, no es necesaria una motivación adicional del requerimiento de información.

 

[Pág. 05]

 

 

 

Sentencia

 

CRÉDITO HEREDADO

ISD. DEUDAS NO DEDUCIBLES. Los sobrinos del causante no pueden deducir en el Impuesto sobre Sucesiones las deudas a su favor, aunque adquirieran el crédito por herencia de su padre.
La Sala aplica de forma estricta el artículo 13 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y concluye que basta con que el acreedor sea heredero en el momento del fallecimiento para impedir la deducción, aunque no fuera quien concedió originariamente el crédito.

 

[Pág. 10]

 

SIMULACIÓN

LGT. REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA. El Tribunal Supremo impide a los tribunales “salvar” una liquidación basada en la calificación del artículo 13 LGT recurriendo después a la simulación del artículo 16 LGT.
El Alto Tribunal rechaza que los órganos judiciales puedan corregir a posteriori el fundamento jurídico utilizado por la Administración para mantener una liquidación tributaria y exige que la simulación sea declarada expresamente en el propio acto de liquidación.

 

[Pág. 12]

 

 

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